DEFINICIÓN DE CRÉDITO ECTS (EUROPEAN CREDIT TRANSFER-CRÉDITOS DE TRANSFERENCIA EUROPEA).
Tras la consolidación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), se define como “moneda de cambio” el crédito ECTS para la libre circulación de los estudiantes y el reconocimiento directo de sus estudios por cualquier universidad o institución de formación superior reglada. Corresponden a una estimación media de 30 horas de formación y prácticas y se reflejarán en los Transcripts, acreditaciones, certificados universitarios, suplementos europeos al título y resto de documentos expedidos por las instituciones académicas sobre los estudios cursados por cada alumno.
TITULACIONES AVALADAS POR LA UFP.
Son formaciones ajenas e independientes a la UFP sobre las que la universidad no tiene ninguna responsabilidad docente.
La universidad no participa en su diseño o impartición y su expedición recae únicamente en la institución privada con la que la universidad puede compartir otras actividades que no pertenecen a dichas formaciones.
Estas formaciones no tienen créditos ECTS. Para obtenerlos, los alumnos han de superar un estudio curricular, obtener una Acreditación académica y posteriormente matricularse en cualquier formación superior universitaria.
Los alumnos en posesión de dichas titulaciones podrán acceder a proseguir estudios en la UFP cumpliendo los requisitos que se establezcan para cada caso concreto y la convalidación de dicha formación dependerá de los estudios a realizar en la UFP así como de las características de cada título obtenido en la institución privada (carga horaria, contenido programático etc.)
Dicho aval representa únicamente un soporte que demuestra que la UFP confía en las acciones formativas de dicha institución.
TITULACIONES DE EXPEDICION CONJUNTA CON ENTIDADES PRIVADAS.
Son formaciones expedidas tanto por la UFP como por la institución privada con la que nuestra universidad haya decidido poner en funcionamiento estudios de extensión universitaria que hasta ese momento no ofertábamos de forma independiente.
Estos estudios parten siempre de nuestro programa y contenidos y tienen su asignación en créditos ECTS.
Estas formaciones incluyen el logotipo sello y firma de la universidad ya que están controladas y supervisadas en todo momento por nuestros departamentos correspondientes.
TITULACIONES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA-TÍTULOS PROPIOS.
Son titulaciones universitarias de diferentes áreas que tienen como objetivo la especialización. Contienen asignación de créditos ECTS y la diferencia con las formaciones oficiales de grado, master y doctorado es que no es obligatorio su reconocimiento y convalidación para otras universidades.
Su importancia y validez descansa en que se trata de formaciones que son desarrolladas e impartidas con las mismas garantías y calidad que cualquier otra formación oficial impartida por la misma universidad.
DEFINICIÓN DE LOS DIFERENTES TIPOS DE FORMACIONES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA.
- MÁSTER PROPIO-POSTGRADOS: Enseñanza especializada que deberá tener un mínimo de 50 ECTS y se desarrollará durante un periodo de uno o dos años académicos. Para acceder a estos estudios se deberá estar en posesión de un título de licenciado, ingeniero, arquitecto (R.D. 1393/2007 de 30 de octubre) o equivalente si se trata de títulos extranjeros.
- ESPECIALISTA UNIVERSITARIO: Acredita una formación especializada de postgrado y para acceder al mismo es necesario estar en posesión de un título universitario español o equivalente si se trata de un título extranjero. Deberá tener un mínimo de 30 ECTS.
- EXPERTO UNIVERSITARIO: Muy similar al especialista universitario, acredita una formación de postgrado y pueden acceder al mismo, tanto españoles como extranjeros, que sin tener titulación universitaria, acrediten una notable experiencia profesional en el campo de actividades propias del Programa.
- CURSOS UNIVERSITARIOS: Acreditan una formación muy especializada y concreta sobre diferentes habilidades necesarias en cada campo.
TITULACIONES OFICIALES.
Un título oficial universitario es el documento acreditativo de la superación, incluido el periodo de prácticas y el proyecto fin de carrera (siempre que el plan de estudios contemple estos requisitos como obligatorios), de unos estudios oficiales con validez en todo el territorio del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) se expedirá y será firmado por el Rector de la Universidad.
Este tipo de título surtirá efectos académicos plenos y habilitará al interesado para el ejercicio profesional, así como la consecución de otros estudios universitarios en cualquier universidad de EEES al ser totalmente reconocidos los créditos ECTS que se hayan otorgado a dichos estudios.
Se dividen en Grado, Master y Doctorado.
ACREDITACIONES ACADÉMICAS.
Es un documento expedido por nuestra universidad con la finalidad de demostrar documentalmente que un alumno ha superado correctamente una formación privada no oficial sobre la cual, tras un estudio curricular, podemos establecer que dispondría de determinadas convalidaciones en función de los estudios superiores que desee realizar en nuestra universidad.
CERTIFICACIONES UNIVERSITARIAS.
Son diferentes documentos oficiales que expide la universidad para multitud de cuestiones académicas como por ejemplo la asignación de créditos convalidados, dobles titulaciones, matriculaciones especiales etc.